Si ha sufrido un accidente de tráfico, póngase en contacto con Sánchez Pardo Abogados.
En Sánchez Pardo Abogados somos abogados especialistas en accidentes de tráfico y en la reclamación de indemnización por accidentes de tráfico.
Le asesoramos para conseguir la mayor indemnización tanto si el accidente de trafico lo ha sufrido siendo conductor de un vehículo, o siendo pasajero ( Si viajaba en un vehículo que ha sufrido un accidente de tráfico y tiene secuelas físicas) como si ha sufrido un atropello cuando circulaba como peatón por una vía pública y sufre secuelas o lesiones derivadas de ese atropello.
Recuerde que si ha sufrido un accidente de tráfico ya sea como conductor (si no ha sido responsable del mismo) o como pasajero del vehículo usted tiene derecho a recibir una indemnización por los daños materiales (vehículo y objetos que portaba en el vehículo), además de por las lesiones y por todos los gastos que el accidente le ocasionara, desplazamiento, médicos profesionales, etc.
Somos un despacho de abogados especialistas en Accidentes de Tráfico
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LA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL POR DAÑOS CORPORALES Y MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁFICO
El art. 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece la obligatoriedad de presentar la reclamación a la aseguradora antes de interponer la demanda civil (no penal).
La reclamación es la declaración por parte de la víctima o perjudicado que exterioriza su interés en ser indemnizado por las consecuencias derivadas de un accidente de circulación y que pone en marcha el procedimiento especial de oferta o respuesta motivadas.
En la reclamación extrajudicial no será obligatoria la asistencia letrada, sin embargo, es aconsejable para facilitar el procedimiento, ya que un profesional le orientará sobre la documentación necesaria, la indemnización mínima que deberían ofrecerle, realizará las negociaciones necesarias, entre otras muchas cuestiones.
En el momento en que reciba la oferta motivada podrá aceptarla o no. En caso de aceptar el pago, la aseguradora tendrá que abonarlo o consignarlo en un plazo de cinco días. Si no lo hiciera se constituirá en mora, lo que implica que podrá exigir el pago de intereses.
El pago de la aseguradora debería tener en consideración:
Si no está conforme con la cuantía ofrecida por la aseguradora la única vía para la reclamación de la indemnización es la judicial disponiendo de un plazo de 6 meses desde el accidente para interponer denuncia penal y de 1 año desde la consolidación de las secuelas (equiparable al alta médica) para reclamar por la vía civil.